EL DERECHO AL VOTO EN LAS ELECCIONES ANDALUZAS

             

            Almenara ha reivindicado el derecho a poder votar en las elecciones autonómicas andaluzas de todos aquellos que así lo quieran y lo expresen apuntándose a un censo especial. Dentro de la campaña que la asociación ha llevado a cabo durante este tiempo hay que destacar la iniciativa de queja al Defensor del Pueblo Andaluz, así como la instalación de una mesa de votación, coincidiendo con las elecciones autonómicas de 1996 y de 2000.

 El Estatuto de Autonomía de Andalucía reconoce a los andaluces residentes fuera de Andalucía y dentro del Estado español todos los derechos de los andaluces residentes en Andalucía menos los políticos. Hay que entender como derechos políticos el derecho a elegir y ser elegido. Pero aquí hemos de matizar al Estatuto porque en las elecciones generales y municipales, sí que un andaluz residente en Cataluña, lo mismo que un no andaluz, puede presentarse a las elecciones por Andalucía, aunque no pueda votarse, así que esta restricción sólo es válida para las elecciones autonómicas, con lo cual la situación se hace más absurda.

Dos veces se ha pronunciado Almenara sobre el tema en el Editorial de la revista. Reproducimos aquí la última correspondiente al número 76 de febrero de 2000.

 

NO PODEMOS VOTAR

Vuelven a convocarse elecciones autonómicas en Andalucía y muchos andaluces que queremos votar no lo podemos hacer porque una absurda ley nos lo impide; porque absurdo es que podamos ser andaluces a todos los efectos y sin embargo no podamos participar en la elección de representantes al Parlamento andaluz cuando, por otro lado, cualquier persona que viva en cualquier otra Comunidad Autónoma, aunque no sea andaluza, puede presentarse y salir de diputado o senador por Andalucía y representar a los andaluces en Madrid. También cualquier persona, andaluza o no, que no viva en Andalucía puede presentarse a Alcalde o concejal de cualquier pueblo andaluz. E inclu­so, cualquier ciudadano que haya tenido su última residencia en Andalucía y después se haya trasladado a otro Estado tiene derecho a elegir representantes al Parlamento andaluz, aunque no tenga nada que ver con Andalucía.

 

¿Qué clase de Estatuto rige en Andalucía que niega los derechos políticos a una parte de los andaluces? ¿Qué clase de leyes electorales rigen en España que recono­cen derechos políticos andaluces a personas que nada sienten por Andalucía y se los niegan a otros que sí quieren ejercerlos porque se sienten parte del pueblo andaluz?

 

Esperemos que los grupos políticos se tomen en serio el tema y corrijan estas contradicciones y adapten las leyes a las necesidades de las personas y no al revés. Lo que planteamos no es nada extraño en otros Estados. Es más, algún grupo político de Cataluña ya planteó, con motivo de las últimas elecciones autonómicas catalanas, la posibilidad de que los catalanes residentes fuera de Cataluña pudieran elegir un deter­minado número de diputados al Parlamento catalán reservados para ellos.